¿Tienes impagos en tu empresa y no sabes qué hacer? Puede que algún cliente no te page la factura que te debe a pesar de haber hablado varias veces con él. Es un problema habitual en las empresas y, en numerosas ocasiones, se desconoce cómo interrumpir la prescripción y evitar que la deuda prescriba por no haber sido declamada de forma fehaciente. En este post te contamos qué hacer para evitar la prescripción de las deudas.
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¿Qué significa la prescripción de las deudas?
Una deuda prescribe cuando ha transcurrido un plazo de tiempo legalmente establecido sin que el acreedor haya reclamado el pago. Es decir, por el transcurso del tiempo se extingue la obligación de pagar.
¿Cuál es el plazo de prescripción de las deudas?
El plazo de prescripción de las deudas se regula en el artículo 1964.2 del Código Civil que establece que:
Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan.
En el año 2015 se realizó una modificación del Código Civil por la que se redujo notablemente el plazo de prescripción de las deudas, por lo tanto, actualmente es necesario estar muy atento para que el plazo no transcurra sin haberlo interrumpido.
¿Cómo se puede paralizar la prescripción de una deuda?
En el artículo 1973 del Código Civil se regula la forma de paralizar la prescripción de una deuda y se establece lo siguiente:
La prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor.
Como consecuencia de lo anterior, si un cliente de tu empresa te debe dinero te interesará paralizar el plazo de prescripción y reclamar la deuda. Para conseguirlo tienes varias opciones:
– Realizar una reclamación extrajudicial. Antes de acudir a un juicio siempre es recomendable agotar la vía amistosa. La reclamación extrajudicial de la deuda se puede hacer de varias formas para que sea fehaciente:
o Mediante un burofax. En este caso el proceso no es complejo, pero conlleva tiempo: redactar el burofax, imprimirlo, firmarlo, llevarlo a la oficina de correos y recoger el certificado de texto unos días más tarde.
o Mediante una comunicación electrónica certificada. En este caso, se puede enviar un correo electrónico certificado reclamando la deuda, sin moverte de casa y con la seguridad de que tendrás una prueba de su envío, de su contenido y de su recepción por parte del deudor. Por lo tanto, podrá utilizarse como prueba válida ante un tribunal, en el caso en que el deudor no pague en el plazo establecido. En Lleida.net tenemos el servicio de notificación electrónica en el que podemos encontrar:
- Correo electrónico certificado. En este caso tendrás una prueba válida desde el punto de vista legal para demostrar que se ha enviado una comunicación, el momento en el que se ha recibido, dónde se ha enviado, dónde se ha recibido y qué contenido tiene la comunicación.
- Factura certificada que se envía mediante correo electrónico certificado y que acredita el envío, el contenido y la entrega.
- Openun que es un servicio que certifica la apertura de documentos enviados por correo electrónico o SMS. En este caso queda constancia de cuándo se envió el documento, cuándo se recibió y cuándo se abrió por el destinatario.
– Interponer una demanda ante los tribunales. En este caso la reclamación puede ser costosa, ya que tendrás que pagar honorarios de abogados y procuradores y es posible que tardes bastante tiempo en cobrar, debido a la acumulación de casos que llevan los tribunales.
¿Qué contenido debe tener una reclamación extrajudicial de una deuda?
Para que una reclamación extrajudicial de una deuda sea efectiva deberá tener el siguiente contenido:
– Fecha de la reclamación.
– Datos del deudor y del acreedor (nombre o denominación social, domicilio etc.).
– Datos del origen de la deuda (por ejemplo, si se trata de una factura deberán aparecer los datos de la misma y se podrá adjuntar).
– Importe pendiente de pago. Es importante que, antes de reclamar la deuda, compruebes si efectivamente existe y el importe que tiene, para evitar errores.
– Fecha límite para que se produzca el pago.
– Consecuencias en caso de impago en la fecha pactada (por ejemplo, interposición de acciones judiciales).
Tal y como has visto es importante conocer tanto el plazo de prescripción de las deudas como la forma de interrumpirlo para evitar que la deuda se extinga por falta de reclamación por el deudor. No podemos olvidar que si se acumula la deuda de varios clientes, podría verse afectada la liquidez de la empresa, por lo que es fundamental actuar de forma rápida y ágil.